Forum Discussion
- qtla9111NomadHere's a club in Mexico and their forum. It talks about the laws. It's in Spanish though.
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You need to make sure that you don't dig up any antiquities as those are property of the Republic. There is some legislation:
B.-Sobre zonas arqueológicas y ruinas, está vigente la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Le anotó sólo algunos artículos de esa ley, mismos que son muy entendibles, y con la lectura de ellos tendrá una mejor idea de lo que comenta de sus amigos de Yucatán.
ARTICULO 27.- Son propiedad de la Nación, inalienables e imprescriptibles, los monumentos arqueológicos muebles e inmuebles.
ARTICULO 28.- Son monumentos arqueológicos los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.
ARTICULO 28 BIS.- Para los efectos de esta Ley y de su Reglamento, las disposiciones sobre monumentos y zonas arqueológicos serán aplicables a los vestigios o restos fósiles de seres orgánicos que habitaron el territorio nacional en épocas pretéritas y cuya investigación, conservación, restauración, recuperación o utilización revistan interés paleontológico, circunstancia que deberá consignarse en la respectiva declaratoria que expedirá el Presidente de la República.
ARTICULO 29.- Los monumentos arqueológicos muebles no podrán ser transportados, exhibidos o reproducidos sin permiso del Instituto competente. El que encuentre bienes arqueológicos deberá dar aviso a la autoridad civil más cercana. La autoridad correspondiente expedirá la constancia oficial del aviso, o entrega en su caso, y deberá informar al Instituto Nacional de Antropología e Historia, dentro de las 24 horas siguientes, para que éste determine lo que corresponda.
ARTICULO 30.- Toda clase de trabajos materiales para descubrir o explorar monumentos arqueológicos, únicamente serán realizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia o por instituciones científicas o de reconocida solvencia moral, previa autorización.
ARTICULO 32.- El Instituto Nacional de Antropología e Historia suspenderá los trabajos que se ejecuten en monumentos arqueológicos sin autorización, que violen la concedida o en los que haya substracción de materiales arqueológicos. En su caso, procederá a la ocupación del lugar, a la revocación de la autorización y a la aplicación de las sanciones correspondiente.
Ahora le anoto la sanción probable:
ARTICULO 47.- Al que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de uno a diez años y multa de cien a diez mil pesos. - rocmocExplorerI will be taking mine with me this winter!
rocmoc n AZ/Mexico - daveB110ExplorerCamped at Rocky Point'a Sandy Beach at Reef RV this last February, on an unusually dull morning, a group of four or five of what we took to be locals, covered the beach on about a two hour hunt. Around the main park a camper did regular-ish rounds with his detector. I have had one with me for a couple of years, but have yet to use it!
- rocmocExplorerMy problem is I have a gold detector not a treasure detector. Doesn't work so great doing the beach thing, higher freq which makes it more sensitive. A Fisher Gold Bug 2 for those into MD.
rocmoc n AZ/Mexico - kmykimiExplorerWell, I don't know whether metal detecting is allowed in Mexico. If not, why not bring your metal detectormetal detector to Africa. Hunt gold there.
- rocmocExplorer
kmykimi wrote:
Well, I don't know whether metal detecting is allowed in Mexico. If not, why not bring your metal detectormetal detector to Africa. Hunt gold there.
WOW, Tokyo! Welcome! It is allowed!
rocmoc n AZ/Mexico
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13,487 PostsLatest Activity: Jan 18, 2025